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martes, 29 de agosto de 2017

SISTEMA NERVIOSO


 ¿Qué es el Sistema Nervioso?

Podríamos definir el Sistema Nervioso como un conjunto de órganos y estructuras, formadas por tejido nervioso de origen ectodérmico cuya unidad funcional básica son las neuronas.

La función principal del Sistema Nervioso, a grandes rasgos, sería captar y procesar rápidamente todo tipo de señales (procedentes del entorno o de nuestro propio cuerpo), controlando y coordinando a su vez, los demás órganos del cuerpo. De este modo, a través del Sistema Nervioso, logramos una interacción eficaz, correcta y oportuna con el medio ambiente.

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Funcionamiento del Sistema Nervioso
Para que la información llegue a nuestro Sistema Nervioso, necesitamos los receptores. Ojos, oídos, piel… Éstos son los que recogen lo que percibimos y envían los datos en forma de impulsos eléctricos a través de nuestro organismo, hacia nuestro Sistema Nervioso.

Sin embargo, no solamente reaccionamos ante lo percibido del exterior, si no que nuestro corazón late, nuestro hígado secreta bilis, nuestro estómago hace la digestión… y de todos estos procesos internos también se encarga nuestro Sistema Nervioso.

¿De qué más se encarga?

  • Controla nuestro hambre y nuestra sed, el ciclo sueño – vigilia y regula la temperatura corporal (mediante el hipotálamo).
  • Las emociones (mediante el sistema límbico) y pensamientos.
  • Aprendizaje y memoria (mediante el hipocampo).
  • Movimiento, equilibrio y coordinación (mediante el cerebelo).
  • Interpretar la información recibida a través de todos los sentidos.
  • Funcionamiento de nuestros órganos internos: Pulso, digestión…
  • Reacciones físicas emocionales.
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Fuente: 
https://blog.cognifit.com/es/sistema-nervioso-sn/

miércoles, 26 de abril de 2017

ACTIVIDADES PARA ESTIMULAR Y TRABAJAR LA MOTRICIDAD INFANTIL



El desarrollo de las habilidades de psicomotricidad fina son decisivas para el niño. Sus logros en este campo abren la puerta a la experimentación y al aprendizaje sobre su entorno y, como consecuencia, la psicomotricidad fina juega un papel fundamental en el desarrollo de la inteligencia.

Sin embargo, este aprendizaje está sujeto a grandes altibajos, a pesar de que requiere un ciclo progresivo. Por tanto, no debemos alarmarnos si vemos que el niño, en ocasiones, pasa por momentos de progresos acelerados y otras veces manifiesta frustrantes retrasos. Ambos son inofensivos y forman parte del ciclo natural de aprendizaje y desarrollo de la psicomotricidad fina.


Practicando los colores

Además de fomentar sus habilidades motoras finas, este fantástico ejercicio le permitirá a tu pequeño practicar los colores.





Arte con pegatinas

Las pegatinas (calcomanías) suelen ser uno de los materiales de arte favoritos de los pequeños. No hay niño que se resista a pegar y despegar.

Qué necesitas:

Hojas de papel blanco o de colores.
Pegatinas circulares de las que consigues en la sección de oficina.


Más actividades en: https://espanol.babycenter.com/l25008293/6-actividades-divertidas-para-fomentar-la-motricidad-fina-fotos



Fuente: https://espanol.babycenter.com/l25008293/6-actividades-divertidas-para-fomentar-la-motricidad-fina-fotos#ixzz4fNVxRpHP

Juegos Geográficos


Vamos a jugar y a aprender cosas sobre el mundo:

JUEGOS GEOGRÁFICOS:
PAÍSES DEL MUNDO


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Fuente:
http://juegos-geograficos.es

Accede a este link:

jueves, 19 de noviembre de 2015

Ni una menos

CAMPAÑA DE CONCIENTIZACIÓN



VIOLENCIA GÉNERO: NI UNA MENOS. from Aurora Benedetti on Vimeo.





Fotos: https://www.facebook.com/1512261495656241/photos/pb.1512261495656241.-2207520000.1447949356./1632790600269996/?type=3&theater

Socialización proyecto

Las alumnas de Taller III del Instituto Superior Nº 5 "Perito Francisco Moreno" realizamos la socialización del Proyecto Sociocomunitario sobre la violencia de Género a los alumnos de 5º Grado de la Escuela Almafuerte de Cañada de Gómez.
Les comparto nuestra experiencia:


Violencia de género


Instituto Superior del Profesorado Nº 5
"Perito Francisco Moreno"


Trayecto de Práctica: Taller de Docencia III
Profesorado de Educación Primaria
Profesoras: Bertoglio Alicia- Rasetto Verónica- Romero Fabiana- Miojevich Ana María
Alumnas:  Benedetti Aurora, Carreño Tania, Mengarelli Naila, Perno Elen, Pautasso Stefanía,.



Proyecto específico de
 “Extensión Sociocomunitaria”


Violencia de género


  
Año 2015


DIAGNÓSTICO

LA LEY 26485 COMO RECURSO PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

La Ley 26.485 enuncia que: Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal.

La violencia contra las mujeres, de carácter sistemático en nuestras sociedades patriarcales, ha sido reconocida como un problema que afecta la igualdad y la paz y viola los derecho humanos. La necesidad de su erradicación se ve reflejada en tratados internacionales y en legislaciones nacionales, aunque aún resultan insuficientes las políticas públicas, surgiendo una importante responsabilidad del Estado en la omisión de sus deberes de prevención y sanción de las distintas formas que asume esta violencia.

En este marco, en Argentina se dictó la ley 26485 (14/04/2009) y su Decreto Reglamentario 1011/2010 (20/07/2010). Esta ley está basada principalmente en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (ratificada por ley 24.632, B.O. 9/4/1996), conocida como convención de Belem do Pará, en la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de discriminación contra la Mujer. Lleva el nombre de “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”.

Al respecto, la convención interamericana citada, en su Preámbulo afirma: “…que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades…” “…es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres...” “…la eliminación de la violencia contra la mujer es condición indispensable para su desarrollo individual y social y su plena e igualitaria participación en todas las esferas de la vida…”

En consonancia con su naturaleza, la ley que estamos abordando es definida como de orden público, es decir se trata de una ley imperativa e irrenunciable; no puede ser dejada sin efecto por acuerdo de partes. Es aplicable en todo el territorio de la Nación, salvo en lo relativo a los procedimientos tanto administrativos como judiciales, que serán resorte de las jurisdicciones locales.

Es asimismo una ley transversal a todas las ramas del derecho. Comprende cuatro Títulos: disposiciones generales, políticas públicas, procedimientos y disposiciones finales. En las disposiciones generales está lo medular de la ley, sus objetivos, los derechos protegidos, las definiciones, los tipos y modalidades. En su art. 4 define como “violencia contra las mujeres” toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal”. Aclara que “quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes” y considera como “violencia indirecta”, “toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón”. De manera que aquí se unen violencia y discriminación, tendiendo un puente y una necesidad de interpretación integrada de los instrumentos internacionales citados.

Establece y define cinco tipos de violencia contra la mujer y seis modalidades. Los tipos de violencia son: física, psicológica, sexual, económica y patrimonial y simbólica (artículo 5). Las modalidades son: violencia doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica y mediática (art. 6).

El artículo 2 comprende dos tipos de objetivos: unos generales y de largo plazo: eliminar la discriminación, garantizar el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia, la remoción de los patrones socioculturales patriarcales y la erradicación de la violencia; y otros que promueven medidas inmediatas: la sensibilización sobre la problemática, la prevención y sanción; el desarrollo de políticas públicas; el acceso a la justicia y la asistencia integral.

En cuanto a los derechos protegidos, se encuentran formulados en el artículo 3º.

Cuando se formulan leyes de “violencia familiar”, es necesario tener en cuenta que la mayor parte de las víctimas son mujeres y niñas. Ello surge de las estadísticas internacionales y de las pocas que tenemos en el país y cuya confección es también una obligación establecida por la ley para todos los casos de violencia contra las mujeres. La Oficina de Violencia Doméstica de la CSJN viene elaborando estas estadísticas desde el año 2009, mes a mes, y lo que las mismas revelan es que alrededor del 80% de las víctimas directas son mujeres y niñas, un 15% niños y el resto varones adultos, mientas que las personas denunciadas son en un 85% varones y en un 15% mujeres. En la mayor parte de los casos, el agresor es ex-pareja, concubino o cónyuge. En relación a la persona sub-afectada, la mayor parte tiene una relación filial (alrededor del 75%).

La violencia -en sus distintas manifestaciones- constituye un fenómeno que en las últimas décadas ha tenido un alarmante crecimiento no sólo respecto a la cantidad de hechos violentos que se producen cotidianamente, sino también, respecto a las modalidades de su ejecución. La manera en que este fenómeno se expande en las sociedades de todo el mundo ha llevado a numerosos autores a denominarla “pandemia social”. Conforme a esto, si se realiza una mirada general a la sociedad argentina se puede observar que se suscitan situaciones de violencia en los más variados ámbitos, ya sea laboral, mediático, vial, cultural, socio-económico, político, deportivo o familiar; lo que pone de manifiesto la existencia de una problemática que nos afecta gravemente y a la que no podemos seguir ajenos.

Marco Teórico

Violencia de género

Etimológicamente, violencia proviene del latín violentia, derivado de la raíz “violo”, que significa atentar o violar. En el diccionario de la Real Academia Española encontramos distintas acepciones de dicho término, a saber: cualidad de violento; acción y efecto de violentar o violentarse; acción violenta o contra el natural modo de proceder.

La violencia contra las mujeres es de muchas formas: física, sexual, psicológica y económica. Estas formas de violencia se interrelacionan y afectan a las mujeres desde el nacimiento hasta la edad mayor. Algunos tipos de violencia, como el tráfico de mujeres, cruzan las fronteras nacionales. Las mujeres que experimentan violencia sufren de una variedad de problemas de salud y se disminuye su capacidad para participar en la vida pública. La violencia contra las mujeres afecta a familias y comunidades de todas las generaciones y refuerza otros tipos de violencia prevalecientes en la sociedad. La violencia contra las mujeres también agota a las mujeres, a sus familias, comunidades y naciones. La violencia contra las mujeres no se confina a una cultura, región o país específico, ni a grupos particulares de mujeres en la sociedad. Las raíces de la violencia contra la mujer yacen en la discriminación persistente contra las mujeres.

Algunos tipos de violencia son:

Violencia por parte de una pareja íntima: La forma más común de violencia experimentada por mujeres a nivel mundial es la violencia física inflingida por una pareja íntima, incluyendo mujeres golpeadas, obligadas a tener relaciones sexuales o abusadas de alguna otra manera. La violencia psicológica o emocional por parte de parejas íntimas también es muy extensa.

Violencia sexual: Se calcula que a nivel mundial, una de cada cinco mujeres se convertirá en víctima de violación o intento de violación en el transcurso de su vida. La práctica del matrimonio a temprana edad, una forma de violencia sexual, es común a nivel mundial, especialmente en África y Asia meridional. Las jóvenes con frecuencia son obligadas a contraer matrimonio y a tener relaciones sexuales, con los consiguientes peligros para la salud, como la vulnerabilidad al VIH/SIDA, limitando, por otra parte, su asistencia a la escuela. Uno de los efectos del abuso sexual es la fístula traumática ginecológica: una lesión que resulta del desgarre severo de los tejidos vaginales y que deja a la mujer incontinente y socialmente indeseable.

Tráfico de personas: Según los cálculos, entre 500,000 y 2 millones de personas son traficadas anualmente en situaciones que incluyen prostitución, mano de obra forzada, esclavismo o servidumbre. Mujeres y niñas suman alrededor del 80 por ciento de las víctimas detectadas.

Violencia durante el embarazo: La violencia antes y durante el embarazo tiene graves consecuencias de la salud, tanto para la madre como para el bebé. Conlleva a embarazos de alto riesgo y problemas relacionados con el embarazo, incluyendo el aborto espontáneo, parto antes de término y bajo peso al nacer.

Discriminación y violencia: Muchas mujeres se enfrentan a múltiples formas de discriminación y a riesgos cada vez mayores de violencia.

Fundamentación

"La violencia contra la mujer es quizás la más vergonzosa violación de los derechos humanos. No conoce límites geográficos, culturales o de riquezas. Mientras continúe, no podremos afirmar que hemos realmente avanzado hacia la igualdad, el desarrollo y la paz."

Kofi Annan,
Secretario General de las Naciones Unidas

La violencia contra mujeres y niñas es una violación grave de los derechos humanos; su impacto puede ser inmediato como de largo alcance, e incluye múltiples consecuencias físicas, sexuales, psicológicas, e incluso mortales.

La población destinataria de este proyecto de extensión socio comunitario son los alumnos de la Escuela Almafuerte Nº 494, 5º Grado A y B de Cañada de Gómez, para capacitar, informar y concientizar a los alumnos que allí concurren, pues son niñas/os y adolescentes en situación de vulnerabilidad. El proyecto tiene la intención de concientizar de los tipos y situaciones de violencia que existen, para la toma de conciencia de los mismos, como también conocer o reconocer sus derechos para que no sean vulnerados”.

OBJETIVOS:

· Difundir la Ley 26.485.

· Explicar los distintos tipos de violencia.

· Enseñar a valorar y cuidar su cuerpo.

· Promover aprendizajes de prácticas relacionadas con la prevención de las diversas formas de vulneración de derechos: maltrato hacia las mujeres, abuso sexual.

POBLACIÓN DESTINATARIA:

· Escuela Almafuerte Nº 494, 5º Grado A, B. Cañada de Gómez.

ACTIVIDADES:

· Se realizará la presentación del grupo del trabajo del proyecto con los alumnos y docentes.

· Se dialogará con ellos sobre la Violencia y Discriminación.

· Se presentará un video sobre violencia de género.

· Se le repartirá al grupo en general tarjetas en las que cada persona deberá escribir o dibujar algo en contra de la violencia hacia las mujeres, luego se seleccionará una parte del espacio para caminar con los ojos cerrados, después de un momento una de nuestras compañeras dirá la palabra STOP y se le pedirá al resto que abra los ojos e intercambie la tarjeta con el compañero que tiene más cerca, al finalizar la actividad cada uno leerá o dirá que está dibujado en su tarjeta.

Se solicitará a los niños que se sienten en una ronda y se les repartirá una ficha en la cual deberán completar las siguientes oraciones: “Una nueva idea que tuve hoy fue…” “Me voy con la esperanza de…”

Video realizado por la alumnas de Taller de docencia III






Bibliografía:
·        Belloti, Margarita Inés. Año de edición, nombrar texto, capítulo, editorial y país
·        Si es artículo periodístico, igual a la cita anterior, agregando dirección de web
·        UNITE, Violencia contra las mujeres. DPI/2546C, Noviembre 2009.